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Cómo presentar su tutela usted mismo

Sin abogado, sin pagar nada y sin formalidades. Así lo dice la ley, y aquí está el paso a paso.

Si prefiere no hacer este trámite usted mismo, nosotros la presentamos por usted.

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    Escriba qué le pasó

    En una hoja, a mano o en el computador. Diga qué le hicieron o qué dejaron de hacerle, quién fue, y qué derecho suyo se está afectando. No necesita citar artículos ni usar palabras difíciles.

    Ponga su nombre, su cédula, dónde vive y un correo o un teléfono para que le avisen.

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    Agregue la frase del juramento

    Es obligatoria y va casi al final. Escriba, con estas palabras: «Manifiesto bajo la gravedad del juramento que no he presentado otra tutela por los mismos hechos y derechos». Sirve para que nadie ponga la misma tutela varias veces buscando que le toque un juez distinto. Si usted ya puso una por lo mismo, dígalo: no lo deja sin salida, pero el camino es otro.

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    Anexe lo que tenga

    La carta donde le negaron algo, la orden médica, el contrato, la factura. Si no tiene ninguno de esos papeles, la tutela igual procede, porque la ley no le exige pruebas para presentarla.

    Dos cosas prácticas si va por internet: el portal de la Rama no deja enviar sin adjuntar al menos un archivo, y solo recibe archivos en PDF, de hasta 10 MB cada uno y 50 MB en total. Suba entonces su escrito en PDF, y si sus papeles son fotos, únalas en un PDF antes de subirlas. Si la presenta en papel, nada de esto aplica.

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    Preséntela

    Por internet, en el portal de la Rama Judicial, dentro del horario que fija cada región.

    O en persona. Puede llevarla al juzgado del lugar donde pasaron los hechos o al del lugar donde usted está sufriendo las consecuencias, lo que le quede mejor. Y puede entregarla en cualquier juzgado: si no es el que corresponde, ese mismo juzgado está obligado a mandarla al que sí, al día siguiente, sin que usted pierda nada.

    Para la ley, una tutela se puede presentar cualquier día y a cualquier hora, incluidos sábados, domingos y festivos. Lo que tiene horario es el portal en línea, no el derecho. Si su caso no da espera y ya cerraron, busque el juzgado de turno de su ciudad. Y si usted no puede escribir, o la urgencia no da tiempo, la tutela también se puede presentar de viva voz ante el juez, que debe atenderlo de inmediato.

    Presentar la tutela no cuesta nada y el envío es gratis. Hay un solo caso en que el juez sí le puede cobrar costas: cuando concluye que usted actuó con temeridad, por ejemplo si ya había presentado otra tutela por los mismos hechos y no lo dijo. Por eso importa que la frase del juramento sea verdad.

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    Revise su correo todos los días

    Si al juez no le queda claro qué pasó o qué pide, le manda un aviso para que lo corrija, y usted tiene tres días hábiles para responder. Si no responde a tiempo, le pueden rechazar la tutela sin estudiarla.

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    Espere la decisión del juez

    El juez tiene diez días para decidir. Son días hábiles, así que no cuente sábados, domingos ni festivos: diez días hábiles suelen ser dos semanas de calendario.

    Si le dan la razón, la entidad tiene un plazo que no puede pasar de cuarenta y ocho horas para cumplir.

    Si le va mal, puede pedir que otro juez la revise. Eso se llama impugnar y también lo puede hacer usted mismo: basta un escrito corto diciendo que no está de acuerdo. Tiene tres días hábiles desde que le avisan de la decisión, y ese plazo no se estira, así que si le llega un viernes, cuente desde el lunes y no lo deje para el final.

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    Si ganó y no le cumplen

    Escríbale al mismo juez que falló, con el número del proceso, y dígale dos cosas: que la entidad no ha cumplido y desde cuándo, y que le pide abrir incidente de desacato.

    El juez sigue a cargo del caso hasta que usted quede protegido de verdad, puede llamarle la atención al jefe de quien incumple y puede sancionar a los dos, con arresto de hasta seis meses y multa de hasta veinte salarios mínimos, hasta que cumplan.

Cuatro cosas que conviene tener claras

No hay plazo para presentarla

No hay una fecha límite: la norma que ponía un plazo fue tumbada por la Corte Constitucional. Aun así, no deje pasar el tiempo. Si se demora mucho sin explicar por qué, el juez puede negarse a entrar a mirar su caso, porque entiende que si esperó tanto es que no era urgente. Y si se demoró por una razón (estaba enfermo, tuvo que desplazarse, la entidad le dio largas), escríbala en la tutela: eso es justamente lo que el juez necesita saber.

No siempre es contra el Estado

También sirve contra empresas y personas particulares, entre otros casos cuando prestan salud, educación o servicios públicos, y cuando usted queda en situación de indefensión frente a ellos.

No sirve para todo

Si ya hay otro camino legal para lo suyo, por regla general la tutela no sirve, salvo que la use para evitar un daño grave que después ya no se pueda arreglar.

Si se la conceden solo por un tiempo, tiene cuatro meses

A veces el juez lo protege mientras usted arranca el proceso normal que corresponde a su caso. Ojo con esto: tiene cuatro meses contados desde la decisión para empezar ese proceso, y si no lo hace, la tutela deja de valer y todo vuelve a como estaba.

Si quiere que alguien lo acompañe, y gratis

La personería de su municipio y la Defensoría del Pueblo están obligadas a ayudarle a redactar y presentar su tutela, y también su derecho de petición. Es un servicio del Estado, es presencial y no cuesta nada.

¿Prefiere que la presentemos nosotros?

Presentar la tutela es un trámite aparte de escribirla. Hay que hacerla llegar al juzgado, con los papeles, y guardar la constancia de que la entregó. Mucha gente se queda justo ahí, con el escrito listo, y una tutela sin presentar no sirve de nada.

Si quiere, lo hacemos nosotros por cincuenta mil pesos. Esto es exactamente lo que pasa. Usted firma el escrito y nosotros lo enviamos tal como usted lo firmó, sin cambiarle una palabra. La tutela va a nombre suyo y con su correo: usted es quien reclama y el juzgado le notifica a usted. Le devolvemos la constancia del envío, con fecha y hora. De ahí en adelante el caso es suyo, el juez tiene diez días para decidir y le avisa a usted.

Por qué no lo representamos, y por qué eso le conviene

Representar a alguien ante un juez es cosa de un abogado con poder, y así lo tiene dicho la Corte Constitucional. Nosotros presentamos el escrito, pero no actuamos dentro del proceso: no recibimos sus notificaciones, no contestamos por usted y no impugnamos en su nombre.

Eso quiere decir que usted mantiene el control de su caso y que nada pasa sin que usted se entere. Si el juez le pide algo, o si le falla en contra, la noticia le llega a usted y a nadie más.

Si el fallo sale en contra y quiere impugnar, le escribimos ese escrito también. Tenga presente que hay tres días desde que le notifican, así que avísenos el mismo día.

Y algo que preferimos decirle de una vez: mientras el primer juez está resolviendo su tutela, muchas veces no aparece nada si uno la busca por internet en la página de los juzgados. No es error suyo ni del juzgado, pasa. Por eso no le prometemos seguimiento, y por eso el correo que usted nos dio es lo más importante del trámite. Revíselo todos los días.

¿Prefiere que se lo preparemos?

Cuéntenos qué pasó y le devolvemos el escrito listo. Usted lo firma y lo presenta. El estudio no le cuesta nada.

Contar mi caso

Esta guía explica el trámite en general y no analiza casos particulares. La información proviene del Decreto 2591 de 1991 y del portal de la Rama Judicial, consultados el 23 de agosto de 2026.