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¿Cómo usamos la inteligencia artificial?

Sí, usamos inteligencia artificial. Lo decimos porque preferimos explicarlo nosotros y porque de ahí sale el precio. Lo que sigue es cómo se usa y, sobre todo, qué se le exige antes de que una sola línea suya llegue a un juzgado.

Una inteligencia artificial no sabe derecho colombiano. Sabe escribir.

Esa es la confusión que hay que deshacer de entrada. Los modelos de lenguaje son extraordinarios armando frases y ordenando ideas. Lo que no tienen es memoria fiel de lo que decidió la Corte Constitucional colombiana en un caso concreto.

Cuando les falta ese dato, no se detienen. Lo completan. Producen sentencias que no existen, con números que parecen números de sentencia, y frases que suenan exactamente a como habla una corte sin que ninguna corte las haya dicho. Un escrito así se cae, y deja peor a quien lo firmó que si nunca lo hubiera presentado.

Por eso lo primero que se construyó no fue el programa. Fue el archivo.

Aquí hay un archivo propio de jurisprudencia colombiana, levantado documento por documento desde las fuentes oficiales de cada corporación. Hoy son más de dos mil providencias de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, además de casi novecientas normas descargadas de su texto oficial. Crece cada semana.

No son enlaces ni referencias. Es el texto completo de cada decisión, guardado, leído e indexado, que es lo que permite volver sobre él y comprobar. Y para cada derecho fundamental hay un método propio que establece cuál de todas esas decisiones es la que fija la regla que manda hoy en esa materia. No lo publicamos, porque es lo que este proyecto tiene de propio.

Cada corte publica de una manera distinta, y eso hay que resolverlo una por una.

No existe una puerta común a la jurisprudencia colombiana. Cada una de esas corporaciones publica en un sitio propio, con su formato y su manera de nombrar lo mismo. Una entrega el documento donde otra entrega una ficha, y la ficha no es la sentencia.

Por eso hay un conector propio para cada corporación, escrito y mantenido aquí, y rutinas que revisan a diario si apareció algo nuevo. Detrás de este servicio hay ochenta y tres módulos y más de dieciocho mil líneas de código propio, construidos para una sola cosa que suena simple y no lo es: que cuando el escrito diga que la Corte dijo algo, la Corte lo haya dicho.

Esa misma base atiende hoy materias que no son tutela, como el arbitraje y la disciplina judicial. Lo que lee en esta página no es un asistente con instrucciones. Es infraestructura.

Ninguna cita entra por confianza. Todas se cotejan contra el original.

Cada frase que en su escrito aparece entre comillas se compara, carácter por carácter, contra el texto de la sentencia guardado en el archivo. Si un solo carácter no coincide, la cita no entra. No se corrige a ojo ni se aproxima: se retira.

Ese control es mecánico a propósito. Una cita acomodada es imposible de ver leyendo, porque suena bien y dice casi lo mismo. Solo la caza una comparación que no se cansa.

Se comprueba quién habla dentro de la sentencia, y qué parte de ella obliga.

Una sentencia no es un texto de una sola voz. Adentro están los hechos que narró el demandante, lo que contestó la entidad, lo que decidió el juez de primera instancia, lo que sostuvo el magistrado que se apartó de la mayoría y lo que la Corte efectivamente resolvió. Citar un párrafo que estaba en la parte equivocada es el modo más fácil de poner en boca de la Corte algo que la Corte nunca dijo. Por eso de cada pasaje se verifica dónde está antes de usarlo.

Y hay un paso más, que es el que de verdad hace el trabajo. Lo que sirve para su caso no es la orden que la Corte dio en el caso de otra persona, porque esa orden resolvió lo de esa persona. Lo que sirve es la regla que la Corte construyó para llegar a esa orden, que en derecho se llama la ratio decidendi.

Un ejemplo lo explica mejor que una definición. Si a un ciudadano con una enfermedad determinada la Corte le ordenó a su EPS entregarle el tratamiento, lo que le sirve a usted no es esa orden: es la regla que la Corte usó para darla, y que alcanza a cualquiera que esté en la misma situación. Encontrar esa regla, y comprobar que su caso encaja en ella, es una labor de interpretación que no se hace leyendo por encima.

Y se comprueba que la norma citada siga viva.

Una norma puede haber sido modificada, derogada o declarada inexequible después de publicada. Un escrito que invoca un artículo que ya no rige está pidiendo algo que el juez no puede conceder. De cada norma que entra se revisa su estado antes de citarla.

Por eso el precio puede ser este.

El trabajo pesado ya está hecho y no se rehace en cada caso. Buscar qué ha decidido la Corte, comprobar que la cita es exacta y verificar que la norma sigue vigente es lo que a un despacho le toma las horas que después cobra. Aquí eso ocurre una vez y sirve para todos los casos que vengan.

No cobramos menos por hacer menos. Cobramos menos porque el mismo trabajo, hecho una sola vez y bien, se reparte entre muchas personas. Ver los precios.

Lo que la tecnología no cambia.

Presentar una acción de tutela no cuesta nada y no exige abogado, y eso sigue siendo cierto con o sin inteligencia artificial. La Defensoría del Pueblo, las personerías municipales y los consultorios jurídicos de las universidades la redactan sin cobrar. Aquí no se promete ningún resultado, porque quien decide es un juez.

Y su información no alimenta ningún sistema ajeno. Lo que nos cuenta se usa para preparar su escrito y para nada más, como está explicado en la política de tratamiento de datos.