Qué hacer si una entidad no le responde
Si usted radicó una solicitud ante una entidad pública, una EPS, un fondo de pensiones, un banco o un colegio y no le han contestado, puede presentar una acción de tutela. La puede presentar usted mismo, no necesita abogado, no cuesta nada y el juez tiene diez días para decidir.
Esta es la situación más frecuente del país. Según el informe de la Defensoría del Pueblo sobre la tutela de 2022, el derecho de petición aparece en el 47,6% de las tutelas que se presentan en Colombia.
Lo que dice la Constitución
El artículo 23 de la Constitución le reconoce a toda persona el derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades y a obtener pronta resolución. La Ley 1755 de 2015 desarrolla ese derecho y fija, como regla general, quince días hábiles para responder.
Responder no es acusar recibo. La Corte Constitucional ha sostenido de forma reiterada que la respuesta debe ser de fondo, clara, precisa y congruente con lo que se preguntó, y que debe notificarse al interesado. Una carta que dice «su solicitud está en trámite» no cumple.
Por eso hay dos situaciones distintas y las dos dan lugar a tutela: que no le respondan nada, y que le respondan cualquier cosa menos lo que preguntó.
No todos los plazos son de quince días
El mismo artículo 14 de la Ley 1755 de 2015 fija dos plazos más cortos o más largos según lo que usted pidió.
Si pidió documentos o información, el plazo es de diez días. Y aquí hay algo que juega a su favor: si no le responden en ese término, la ley entiende que su solicitud fue aceptada, de modo que la entidad ya no puede negarle la entrega, y las copias deben entregarse dentro de los tres días siguientes.
Si lo que elevó fue una consulta sobre las materias a cargo de la autoridad, el plazo es de treinta días.
Hay una sola forma legítima de que la entidad se demore más: avisarle a usted antes de que se venza el plazo, explicándole los motivos y diciéndole en qué fecha va a responder, sin que ese nuevo plazo pueda exceder el doble del inicial. Si no le avisaron y el término se venció, están incumpliendo.
Qué documentos necesita
La constancia de radicación de su solicitud, que es lo que prueba la fecha en que pidió. Puede ser el sello en la copia, el correo electrónico de envío, el número de radicado o el pantallazo del formulario.
Si le respondieron algo que no contesta lo que preguntó, guarde también esa respuesta.
Y su documento de identidad.
Cómo se presenta, gratis y sin abogado
La tutela se presenta en cualquier juzgado, en persona o por correo electrónico, sin importar la especialidad ni la ciudad. No cuesta nada y no requiere abogado, según el artículo 86 de la Constitución y el artículo 10 del Decreto 2591 de 1991.
El juez tiene diez días para decidir y, si le da la razón, ordena a la entidad responder en el plazo que él fije.
Una advertencia sobre plazos especiales
Algunas materias tienen plazos propios distintos al general de quince días hábiles, en particular las solicitudes de reconocimiento de pensión y las peticiones de información entre autoridades. Si su caso es de pensión, revise la página correspondiente, porque los términos allí no son los mismos.
Dónde le ayudan sin cobrarle
La Defensoría del Pueblo, las personerías municipales y los consultorios jurídicos de las universidades le escriben el derecho de petición o la tutela sin cobrarle. Están para eso.
Si prefiere que se la escribamos
tutelaya.co escribe su derecho de petición o su tutela y se la manda por correo, lista para firmar, con las instrucciones para presentarla.
Usted cuenta qué pasó con sus palabras, adjunta lo que tenga y recibe el documento en tres días hábiles.
El escrito se construye sobre jurisprudencia verificada de la Corte Constitucional.
Presentar la petición o la tutela sigue siendo gratis: lo que se cobra es escribirla.
Redactamos el documento. Usted lo firma y lo presenta. No lo representamos ni actuamos en su proceso, y nadie puede garantizarle el resultado de un fallo.
Otras guías sobre lo mismo
Contarnos qué le pasó no cuesta y no lo compromete a nada.
Contar mi casoLa tutela cuesta $50.000 y el derecho de petición $30.000. Ver qué incluye. Presentarla sigue siendo gratis: lo que se cobra es escribirla.