Qué es un derecho de petición y cómo se escribe
Un derecho de petición es una solicitud escrita que usted le hace a una autoridad, y que esa autoridad está obligada a responder. Está en el artículo 23 de la Constitución y lo desarrolla la Ley 1755 de 2015.
No cuesta nada, no necesita abogado y no hay que llenar ningún formulario especial. Es la herramienta más sencilla y más poderosa que tiene un ciudadano colombiano, y es también la más ignorada.
Cuánto tienen para responderle
La regla general es de quince días, que se cuentan en días hábiles porque el artículo 62 de la Ley 4 de 1913 ordena suprimir los feriados en los plazos de días.
Hay dos excepciones en el mismo artículo 14 de la Ley 1755 de 2015. Si pidió documentos o información, el plazo es de diez días, y si no le responden en ese término la ley entiende que su solicitud fue aceptada, de modo que ya no pueden negarle la entrega y las copias deben llegar dentro de los tres días siguientes. Si elevó una consulta, el plazo es de treinta días.
La entidad puede demorarse más solo si le avisa antes de que se venza el plazo, le explica los motivos y le dice en qué fecha va a responder, sin exceder el doble del plazo inicial.
Qué debe decir el escrito
Sus datos y su cédula. A qué entidad se dirige. Los hechos, en orden y con fechas. Lo que pide, en forma concreta y numerada. Y la dirección o el correo donde quiere que le respondan.
Nada más. Un derecho de petición largo no es mejor: es más fácil de responder con evasivas.
Responder no es acusar recibo
Una carta que dice «su solicitud está en trámite» no cumple. La Corte Constitucional ha sostenido de forma reiterada que la respuesta debe ser de fondo, clara, precisa y congruente con lo que se preguntó, y que debe notificarse al interesado.
Por eso hay dos incumplimientos posibles y los dos dan lugar a tutela: que no le respondan nada, y que le respondan cualquier cosa menos lo que preguntó.
Qué hacer si no responden
Presentar una acción de tutela. No necesita abogado, no cuesta nada y el juez tiene diez días para decidir. Guarde la constancia de radicación: es la prueba de la fecha.
Dónde le ayudan sin cobrarle
La Defensoría del Pueblo, las personerías municipales y los consultorios jurídicos de las universidades le escriben la petición sin cobrarle.
Si prefiere que se la escribamos
tutelaya.co escribe su derecho de petición y se lo manda por correo, listo para firmar, con las instrucciones para radicarlo. Entrega en tres días hábiles.
Presentar la petición sigue siendo gratis: lo que se cobra es escribirla.
Redactamos el documento. Usted lo firma y lo presenta. No lo representamos ni actuamos en su proceso.
Otras guías sobre lo mismo
Contarnos qué le pasó no cuesta y no lo compromete a nada.
Contar mi casoLa tutela cuesta $50.000 y el derecho de petición $30.000. Ver qué incluye. Presentarla sigue siendo gratis: lo que se cobra es escribirla.