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Qué hacer si lo reportaron a las centrales de riesgo sin avisarle

Si un banco, una empresa de servicios o un almacén lo reportó a una central de riesgo sin avisarle antes, usted puede reclamar y, si no lo corrigen, presentar una acción de tutela.

La regla que casi nadie cumple

El artículo 12 de la Ley 1266 de 2008 es claro: el reporte de información negativa por incumplimiento de obligaciones «sólo procederá previa comunicación al titular de la información». Y dice para qué sirve esa comunicación previa: para que usted pueda demostrar o efectuar el pago, o controvertir el monto, la cuota o la fecha de exigibilidad.

O sea que no basta con que usted deba. Antes de reportarlo tienen que avisarle y darle la oportunidad de responder.

Lo que añadió la Ley 2157 de 2021

Esa misma norma tiene hoy un parágrafo, añadido por el artículo 6 de la Ley 2157 de 2021, con una consecuencia muy concreta: si incumplieron la comunicación previa y la obligación ya estaba extinguida, procede el retiro inmediato del reporte negativo.

Ese es el argumento más fuerte que puede usar quien ya pagó y sigue reportado.

Qué hacer primero

Antes de la tutela, presente un derecho de petición o un reclamo ante la fuente que lo reportó (el banco, la empresa) y ante la central de riesgo, pidiendo el retiro del reporte y preguntando en qué fecha y por qué medio le hicieron la comunicación previa. Esa pregunta es la que suele destapar el incumplimiento.

Tienen quince días hábiles para responderle, según el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015.

Qué documentos necesita

El pantallazo o el reporte donde aparece la anotación negativa. El comprobante de pago, si ya pagó. Cualquier comunicación del acreedor. Y su cédula.

Cómo se presenta la tutela, gratis y sin abogado

En cualquier juzgado, en persona o por correo electrónico. No cuesta nada y no requiere abogado, según el artículo 86 de la Constitución y el artículo 10 del Decreto 2591 de 1991. El juez tiene diez días para decidir.

Explique qué le está costando el reporte: un crédito negado, un arriendo que no le aprobaron, un trabajo que no le dieron. Eso es lo que muestra el daño.

Dónde le ayudan sin cobrarle

La Defensoría del Pueblo, las personerías municipales y los consultorios jurídicos de las universidades atienden estos casos sin cobrar. La Superintendencia Financiera y la Superintendencia de Industria y Comercio también reciben quejas, según quién sea la entidad.

Si prefiere que se la escribamos

tutelaya.co escribe su derecho de petición o su tutela y se la manda por correo, lista para firmar. Entrega en tres días hábiles.

Redactamos el documento. Usted lo firma y lo presenta. No lo representamos ni actuamos en su proceso, y nadie puede garantizarle el resultado de un fallo.

Otras guías sobre lo mismo

Contarnos qué le pasó no cuesta y no lo compromete a nada.

Contar mi caso

La tutela cuesta $50.000 y el derecho de petición $30.000. Ver qué incluye. Presentarla sigue siendo gratis: lo que se cobra es escribirla.