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Qué hacer si la EPS le niega una cirugía o un tratamiento

Si su médico ordenó una cirugía, un medicamento, un examen o una terapia y la EPS no lo autoriza, usted puede presentar una acción de tutela. La puede presentar usted mismo, no necesita abogado, no cuesta nada y el juez tiene diez días para decidir.

Lo que está pasando en términos jurídicos

Cuando el médico tratante ordena algo y la EPS no lo autoriza, se está afectando el derecho fundamental a la salud. La Corte Constitucional lo dijo con claridad en la sentencia T-760 de 2008, que es la decisión que ordenó reestructurar el sistema de salud colombiano y que sigue siendo la referencia obligada en esta materia. En esa línea, el criterio del médico que lo atiende a usted pesa más que el concepto de quien nunca lo ha visto.

No importa que le hayan dicho que el procedimiento «no está en el plan», que «hay que esperar autorización» o que «el sistema no lo permite». Ninguna de esas frases resuelve nada por escrito, y la tutela existe precisamente para eso.

Qué documentos necesita

Tres cosas, y con fotos del celular basta.

La orden médica, que es el documento donde el médico dice qué le mandó. La respuesta de la EPS, si le dieron una por escrito, por correo o por mensaje. Y su documento de identidad.

Si la EPS no le dio nada por escrito y solo le dijeron de palabra que no, eso también sirve: se cuenta en la tutela tal como pasó, con la fecha y el nombre de quien se lo dijo si lo recuerda.

Cómo se presenta, gratis y sin abogado

La tutela se presenta en cualquier juzgado, sin importar la especialidad ni la ciudad. Se puede llevar en persona o enviar por correo electrónico al juzgado. No hay que pagar nada y no hay que llevar abogado: así lo establecen el artículo 86 de la Constitución y el artículo 10 del Decreto 2591 de 1991.

El juez tiene diez días para decidir. Si le da la razón, ordena a la EPS cumplir en el plazo que él fije.

Si el caso es urgente, porque hay riesgo para su vida o su salud, eso se dice expresamente en el escrito y se pide una medida provisional, que es una orden que el juez puede dar de inmediato mientras decide el fondo.

Dónde le ayudan sin cobrarle

Antes de pagarle a nadie, sepa que hay entidades que hacen esto gratis: la Defensoría del Pueblo, las personerías municipales y los consultorios jurídicos de las facultades de derecho. Están para eso y no le van a cobrar.

Si prefiere que se la escribamos

tutelaya.co escribe su tutela y se la manda por correo, lista para firmar, con las instrucciones para presentarla escritas para alguien que nunca ha pisado un juzgado.

Usted cuenta qué pasó con sus palabras, adjunta lo que tenga y recibe el documento en tres días hábiles. Si hay riesgo grave e inminente para su vida o su salud, sale el mismo día.

El escrito se construye sobre jurisprudencia verificada de la Corte Constitucional, no sobre plantillas.

Cuesta 50.000 pesos. Presentar la tutela sigue siendo gratis: lo que se cobra es escribirla.

Redactamos el documento. Usted lo firma y lo presenta. No lo representamos ni actuamos en su proceso, y nadie puede garantizarle el resultado de un fallo.

Otras guías sobre lo mismo

Contarnos qué le pasó no cuesta y no lo compromete a nada.

Contar mi caso

La tutela cuesta $50.000 y el derecho de petición $30.000. Ver qué incluye. Presentarla sigue siendo gratis: lo que se cobra es escribirla.