Qué hacer si la EPS le niega el transporte o el acompañante
Si el tratamiento que necesita se presta en otra ciudad y la EPS no le cubre el traslado, o le niegan que lo acompañe alguien cuando usted no puede viajar solo, puede presentar una acción de tutela.
El problema real de la Colombia rural
Una autorización sirve de poco si el paciente vive a seis horas de la ciudad donde se presta el servicio y no tiene con qué llegar. La Corte Constitucional ha reconocido que en esos casos la barrera económica del traslado se convierte en una barrera de acceso al servicio de salud, y que el derecho no puede quedar en el papel.
La sentencia T-760 de 2008 es la referencia obligada en materia de acceso efectivo a los servicios de salud, y la Ley 1751 de 2015 prohíbe la negación de la prestación de servicios, dejando expresamente a salvo la tutela.
Qué hay que demostrar
Tres cosas, y hay que decirlas con claridad. Que el servicio está ordenado por el médico. Que no hay dónde prestarlo cerca de donde usted vive. Y que ni usted ni su familia tienen con qué pagar el viaje.
Para el acompañante, además, que usted depende de otra persona para movilizarse o para entender las indicaciones, por su edad, su condición o su estado de salud.
Qué documentos necesita
La orden médica y la autorización del servicio. La constancia de dónde vive. La negativa de la EPS. Algo que muestre su situación económica. Y su cédula.
Cómo se presenta, gratis y sin abogado
En cualquier juzgado, en persona o por correo electrónico, sin importar la ciudad. No cuesta nada y no requiere abogado, según el artículo 86 de la Constitución y el artículo 10 del Decreto 2591 de 1991. El juez tiene diez días para decidir.
Si la cita ya tiene fecha, pida una medida provisional para que no se pierda.
Dónde le ayudan sin cobrarle
La Defensoría del Pueblo, las personerías municipales y los consultorios jurídicos de las universidades atienden estos casos sin cobrar. En municipios pequeños, la personería suele ser la puerta más rápida.
Si prefiere que se la escribamos
tutelaya.co escribe su tutela y se la manda por correo, lista para firmar. Entrega en tres días hábiles, o el mismo día si hay riesgo grave e inminente para la vida o la salud. Cuesta 50.000 pesos.
Redactamos el documento. Usted lo firma y lo presenta. No lo representamos ni actuamos en su proceso, y nadie puede garantizarle el resultado de un fallo.
Otras guías sobre lo mismo
Contarnos qué le pasó no cuesta y no lo compromete a nada.
Contar mi casoLa tutela cuesta $50.000 y el derecho de petición $30.000. Ver qué incluye. Presentarla sigue siendo gratis: lo que se cobra es escribirla.